X

¿QUÉ COMPRENDE LA PENSIÓN ALIMENTICIA?

Por Martha Sierra Cerda

El mes de junio es el mes de la paternidad, desde la parte más bondadosa hasta sus bromas, memes, comentarios despectivos respecto al día del padre, y como consecuencia no falta quien haga una preguntita respecto temas legales sobre las obligaciones de los padres frente a sus hijos, y la más común es ¿qué comprende la pensión alimenticia?

Por eso quiero platicar un poco de ellas, aunque mi recomendación será acudir con abogadxs especialistas en materia familiar, porque, esto me encanta decirlo: el derecho evoluciona y se adapta a la sociedad, y que ahora, para poder escribir esta columna que para nada intenta ser académica, me he encontrado con cambios importantes desde la última vez que revisé la legislación, y vaya que no fue hace tanto.

En fin, estos cambios en las leyes en cuanto a los derechos, procedimientos y terminología en el tema de las niñas y los niños, se enfocan en brindarles una mayor protección y garantizarles un desarrollo integral y una vida digna. Todos los ajustes vienen desde tratados internacionales y llegan hasta nosotros a través de leyes mexicanas y en cuanto a la aplicación local a través de leyes estatales.

La ley señala tanto qué corresponde a la madre y el padre, o en su caso quien ejerza la tutela o la patria potestad, garantizar los derechos que correspondan y protegerles de cualquier forma de maltrato, agresión, abuso o explotación que vulnere su dignidad e integridad.

Volviendo a la celebración del día del padre, que no tiene nada que ver con lo que dice la ley, pero se pone en la mesa el reclamo de las mamás que como consecuencia de una separación se hacen cargo de las hijas y los hijos y en muchos casos ni siquiera existe una pensión alimenticia o la que hay es incompleta, y que los padres exigen este día de celebración como un derecho ganado conociendo su falta de responsabilidad en el cumplimiento de sus obligaciones.

Ahora bien, lo que más dudas trae este tema, es en lo que comprenden los alimentos, y según el Código Civil Federal es la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en casos de enfermedad. Además, específicamente cuando se trata de menores los alimentos comprenden, los gastos necesarios para la educación primaria, y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a su sexo y circunstancias personales.

Y, la Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza, va un poco más allá en su descripción y señala que para los efectos legales se entiende por alimentos: la alimentación nutritiva, el vestido, la habitación, la atención médica y psicológica preventiva integrada a la salud, la asistencia médica y terapéutica en casos de enfermedad, los gastos relativos al embarazo y el parto, la recreación, así como los cuidados y asistencia que requiera el acreedor alimentario en lo particular. Respecto de las niñas y niños los alimentos comprenden los gastos necesarios para la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior del alimentista, su recreación y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión adecuados a sus circunstancias personales.

Ambas normas coinciden en que los alimentos han de ser proporcionados a las posibilidades del que debe darlos y a las necesidades de quien debe recibirlos y tendrán un incremento conforme al salario mínimo vigente.

Por último, es importante insistir que en caso de alguna situación particular sea inmediata la atención con abogadxs especialistas en materia familiar, porque esto solo es un poco de los temas que abarca las obligaciones de los padres frente a las niñas y niños.

Aquí dejo mis datos de contacto, por si necesitas más que una pequeña respuesta a Una Preguntita.

Martha Sierra Cerda

marthasierracerda@gmail.com

cel. 844 105 6868

Martha Sierra Cerda: Mexicana, abogada, mamá de Alicia, casada por segunda vez, feliz. Después de algunos trabajos, la mayoría para el servicio público, unos mejores que otros, pero todos me dejaron muchas experiencias y saber que no importante en donde estemos, el derecho siempre cambia, debe cambiar, por lo tanto, nuestra capacitación debe ser continua, debemos ser curiosos, siempre consultar, preguntar, investigar.
Related Post